Publicada el Vendredi, 25 de mars de 2011

Aprobada una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a controlar la actuación de las agencias de colocación y a promover la oferta del empleo doméstico por parte de la Agencia Navarra de Empleo

La iniciativa del G.P. Nabai pretende que las agencias de colocación actúen bajo los parámetros legales, con el permiso de la Agencia Navarra de Empleo

El Pleno del Parlamento ha aprobado hoy por unanimidad una resolución por la que se insta al Gobierno de Navarra a “controlar que la actuación de las agencias de colocación sea bajo los parámetros legales: Las agencias de colocación deben funcionar con permiso de la Agencia Navarra de Empleo”.

La resolución aprobada incluye un segundo punto en el que, a su vez, se insta al Ejecutivo Foral a “promover la intermediación mediante servicios públicos de empleo”. En ese sentido, se precisa que el empleo de hogar “ha de ser ofertado por la Agencia Navarra de Empleo”.

Del mismo modo, ya en un tercer apartado, se insta a “fomentar desde las Administraciones Públicas competentes la creación de asociaciones, tanto en la parte contratante como contratada, con el fin de que en el tiempo más breve posible puedan constituirse convenios laborales colectivos que mejoren las condiciones de trabajo y la seguridad jurídica de las partes”. Este punto es producto de una enmienda in voce de modificación formulada por el G.P. SPN y aceptada por el grupo proponente, Nabai..

Además, se insta al Ejecutivo foral a “impulsar la inspección laboral para evitar los abusos” y promover el “respeto al principio de inviolabilidad del domicilio particular”.

Por último se solicita al Gobierno de España que se “modifique el Real Decreto 1424/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación de carácter especial del Servicio del Hogar Familiar”.

En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Nabai esgrime que la ausencia de una definición jurídica que contemple las peculiaridades del trabajo doméstico “contribuye a que las empleadas/os de hogar tengan una consideración diferente e inferior con relación al resto de trabajadores/as por cuenta ajena”.

Por tanto, se concluye que el empleo doméstico, “sujeto a un régimen mucho más restrictivo y arcaico”, “no debe ser discriminado como sector laboral y, al igual que los demás, debe estar debidamente regularizado y valorado”.

Como último dato, se pone de relieve que de los 3.800 empleados/as domésticos dados de alta en la Seguridad Social, el 95% son mujeres y de éstas el 68,4% son extranjeras.

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Publicación de la moción (BOPN, n.º 25, de 18-03-2011)