Noiz argitaratua Osteguna, 2014.eko Ekainak 26

Rechazada una moción instando a no valorar menos el euskera que cualquier lengua extranjera

Se apelaba a la condición de lengua propia y a la recomendación del Defensor del Pueblo para las convocatorias de ingreso en la Administración de la Comunidad Foral

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN y PPN, la abstención de SN y los votos a favor de Bildu, Aralar-Nabai, I-E y los no adscritos, una moción tendente a instar al Gobierno de Navarra a “adoptar las medidas oportunas para, en consonancia con la recomendación del Defensor del Pueblo, evitar que en las convocatorias de ingreso en la Administración de la Comunidad Foral o de sus organismos públicos se valore más el conocimiento del inglés o de cualquier otra lengua extranjera que el conocimiento del euskera, dado el carácter de lengua propia y parcialmente cooficial de esta”. Se exceptuaban “aquellos puestos de trabajo en los que, por su especial relación con los ciudadanos de otros países, sea imprescindible conocer la lengua extranjera de que se trate”.

En la exposición de motivos, la moción impulsada por los G.P. Bildu, Aralar-Nabai e Izquierda-Ezkerra hacía suya la recomendación del Defensor del Pueblo, en el sentido de que “no se puede promocionar con carácter general una lengua extranjera y al mismo tiempo olvidar una propia y en parte cooficial como el euskera”. Y, como el alto comisionado designado por el Parlamento para la defensa y mejora del nivel de protección de derechos y libertades reconocidos, se remitía a una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, donde se precisa que “el euskera tiene un determinado rango y un nivel de protección que no tienen las lenguas extranjeras”.

Los proponentes apoyaban su apreciación en el contenido de la comparecencia recabada en abril para explicar la valoración del inglés y la falta de valoración del euskera en las convocatorias de los puestos de trabajo de técnico de Hacienda y gestor e investigador auxiliar de Hacienda. A lo que el Defensor del Pueblo respondió que ha de evitarse ese trato peyorativo “con independencia del método de selección que establezca la convocatoria (oposición o concurso-oposición), decisión que depende de la Administración convocante y de la naturaleza de las funciones del puesto”.

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• Publicación de la moción (BOPN, n.º 63, de 09-05-2014)