Noiz argitaratua Astelehena, 2013.eko Martxoak 11

El Parlamento aprueba una declaración institucional por la que reprueba la actuación del Gobierno de Navarra y de su Presidenta Yolanda Barcina en la gestión de CAN, declarando la necesaria procedencia de su dimisión

- Aprobada una declaración institucional por la que el Parlamento de Navarra reprueba la actuación del Gobierno de Navarra y de su Presidenta Yolanda Barcina en la gestión de CAN, declarando la necesaria procedencia de su dimisión.

La Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra ha aprobado una declaración institucional por la que el Parlamento de Navarra reprueba la actuación del Gobierno de Navarra y de su Presidenta Yolanda Barcina en la gestión de CAN, declarando la necesaria procedencia de su dimisión, presentada por los Grupos Parlamentarios Bildu-Nafarroa y Aralar-Nafarroa Bai.

Han votado a favor de la declaración institucional los representantes de SN, Bildu-Nafarroa, Aralar-NaBai, e I-E; en contra han votado los representantes de UPN y PP.

La declaración dice lo siguiente:

“El Parlamento de Navarra reprueba la actuación del Gobierno de Navarra y de su Presidenta D.ª Yolanda Barcina en la gestión de la CAN, declarando por ello la necesaria procedencia de su dimisión”.

La declaración aprobada ha sido propuesta por los grupos Bildu-Nafarroa y Aralar-NaBai mediante una enmienda a su propuesta inicial incluida en el orden del día.
 

La Mesa y la Junta de Portavoces han conocido un Informe de los Servicios Jurídicos del Parlamento sobre la propuesta de declaración que los grupos firmantes habían presentado. En el informe jurídico se concluye que “la Mesa, previa audiencia de la Junta de Portavoces debería inadmitir a trámite la propuesta de declaración institucional”. Sostiene el informe jurídico que “un simple examen liminar de la propuesta de declaración, esencialmente al imputar a los cargos públicos y personas citadas un “lucro irregular”, pone de relieve que resultan vulnerados los preceptos constitucionales y reglamentarios citados, singularmente, faltando al decoro de tales cargos y personas y menoscabando su derecho a la presunción de inocencia” (se adjunta el informe jurídico).