Publicada el Jueves, 23 de Octubre de 2014

Rechazada la enmienda a la totalidad al PLF de modificación de la LF 6/1990 de la Administración Local de Navarra

Bildu y Aralar alegan que se trata de una solución provisional que ni aclara las competencias ni resuelve la financiación ni atenúa el impacto centralizador de la Ley estatal

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN, SN y PPN y las abstenciones de I-E y no adscritos, la enmienda a la totalidad formulada por Bildu y Aralar-Nabai al proyecto de Ley de modificación de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

El proyecto remitido al Parlamento tiene por objeto mantener las competencias de las entidades locales de Navarra y regular otras cuestiones del ámbito municipal que puedan verse afectadas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, que atribuye a las comunidades autónomas competencias que hasta ahora recaían en las entidades locales.

Si bien la norma estatal, en vigor desde el 31 de diciembre de 2013, reconoce a la Comunidad Foral potestad para regular en esta materia, la demora de la Ponencia parlamentaria encargada de consensuar una Ley Foral de Reorganización completa de la Administración Local de Navarra y un sistema de financiación adaptado a la misma ha hecho que el Gobierno se lance a “regular aspectos concretos dirigidos a preservar la singularidad de nuestro régimen local”.

Dicha ponencia, cuya creación fue aprobada el 29 de octubre de 2013 a instancias de UPN, SN, Bildu, PPN, I-E y los no adscritos, se dio un plazo de mes y medio, prorrogable, para llegar a un acuerdo en torno a la modernización del mapa local de Navarra.

Como documentos de partida, la Ponencia contaba con la proposición de Ley de Socialistas de Navarra, tomada en consideración el 19 de septiembre de 2013, y el proyecto de Ley remitido por el Ejecutivo.

Bildu y Aralar-Nabai han esgrimido motivos de índole “económico y político” para solicitar la devolución de un proyecto que, a su entender, “mantiene la aplicación íntegra de las medidas de racionalización y sostenibilidad financiera que impone a las entidades locales la Ley 27/2013.

A ese respecto, los enmendantes censuran al Ejecutivo Foral por presentar un texto que supone una “renuncia al ejercicio de las competencias forales para neutralizar o, siquiera, atemperar el impacto uniformador de una norma que debilita notablemente la autonomía local”.

Así, frente a la “reducción del gasto público y la intensificación del control político y económico” que, supuestamente para “favorecer la iniciativa privada y garantizar un mayor control financiero y presupuestario”, subyacen tras la Ley 27/2013, el proyecto de Ley Foral se conforma con ofrecer una “solución parcial y provisional que ni aclara las competencias ni resuelve su financiación”.

El Consejero de Administración Local, José Javier Esparza, estima que el proyecto de Ley defendido por el Gobierno es la “mejor solución a la situación de interinidad suscitada a raíz del retraso en la reforma del mapa local. Entretanto, para blindar el estatus de las entidades locales y mantener sus competencias, es necesario dotarse de un marco legal que otorgue seguridad jurídica”, ha significado.

Como ya se ha indicado, el proyecto de Ley Foral regula cuatro aspectos. En primer lugar, frente a la posibilidad abierta en la norma estatal, “mantiene las competencias” de las entidades locales en materia de educación (ciclo 0-3 años), servicios sociales y sanidad (inspecciones y consultorios médicos).

Además, establece que será la Administración Foral, y no la Administración central, la que decida sobre las fórmulas de gestión compartida que deben plantear los municipios de menos de 20.000 habitantes para la prestación de servicios: tratamiento de residuos, abastecimiento de agua, limpieza, alumbrado público, etc.

La tercera cuestión regulada en el proyecto de ley tiene por objeto permitir, con determinadas limitaciones, la creación de nuevas agrupaciones de servicios administrativos, opción bloqueada desde 2011. Así, se abre la posibilidad de agruparse para compartir las labores de secretaría e intervención a los municipios limítrofes, “siempre y cuando esta unión tenga por objeto la prestación de servicios administrativos que garanticen el control financiero y presupuestario” exigido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Asimismo, el proyecto de ley concede el carácter de entidad local a los consorcios constituidos por las administraciones públicas para la prestación de servicios municipales obligatorios. El objetivo de esta medida es propiciar que la responsabilidad en el presupuesto y control de entidades como el Consorcio de Residuos, formado por la Administración Foral y los ayuntamientos, “siga recayendo en estos últimos y no pase al Gobierno de Navarra, como ocurriría de aplicarse la ley estatal”.

Finalmente, la nueva norma incluye una disposición mediante la que el Gobierno de Navarra se compromete a elaborar antes del 30 de junio de 2016 un proyecto de ley foral que regule y ordene la gestión integral de los residuos urbanos de Navarra.

Tras el rechazo de la enmienda a la totalidad, el PLF de modificación de la Ley Foral 6/1990 de la Administración Local de Navarra, al que se han presentado 11 enmiendas parciales (4 Socialistas, 4 Bildu-Aralar y 3 no adscritos), será dictaminado en Comisión, antes de ser elevado a Pleno para su definitivo debate y votación.

www.parlamentodenavarra.es
• Publicación del proyecto de Ley Foral (BOPN, n.º 85, de 04-07-2014)
• Enmienda a la totalidad y parciales (BOPN, n.º 105, de 03-10-2014)