Publicada el Thursday, 24 de May de 2018

Rechazada la propuesta de derogación del Consejo Navarro de Diálogo Social

Geroa Bai e I-E no respaldan la pretensión de EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu de sustituir un modelo de concertación “excluyente, que no encaja con las bases del cambio político”

El Pleno del Parlamento ha rechazado hoy, con los votos en contra de UPN, PSN, PPPN e I-E, la abstención de Geroa Bai y los votos a favor de EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu, la propuesta de derogación de la Ley Foral 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se creó el Consejo de Diálogo Social de Navarra.

 

Tramitada en lectura única, la proposición de Ley Foral impulsada por los G.P. EH Bildu y Podemos-Ahal Dugu, tiene por objeto suprimir el Consejo de Diálogo Social en Navarra, al entender que se trata de un órgano que responde a un “modelo de concertación basado en la exclusión y concebido como una “importante fuente de financiación de los sindicatos firmantes (UGT y CCOO) y la patronal (CEN), beneficiarios de convenios nominativos que han comportado un gasto millonario”.

 

A tal fin y en tanto no se apruebe una nueva normativa, se aboga por trasladar las competencias en la materia al Consejo Económico y Social, “órgano de participación institucional que, regulado por la Ley Foral 22/14, cuenta con una representación más amplia y plural, pero a día de hoy se haya infrautilizado”.

 

Ley Foral 22/2014 por la que, a instancias del grupo socialista, se creó el Consejo de Diálogo Social de Navarra fue aprobada por el Parlamento el 6 de noviembre de 2014, con los votos a favor de UPN y PSN y los votos en contra de Bildu, Aralar-Nabai, PPN, I-E y no adscritos.

 

La norma dio lugar a la constitución del Consejo de Diálogo Social de Navarra en cuanto órgano institucional permanente de encuentro, participación y negociación entre el Gobierno de Navarra y los sindicatos y las organizaciones empresariales más representativos de la Comunidad Foral.


Se entiende por diálogo social las “tareas y actividades de promoción y defensa de los intereses generales, comunes, sectoriales e intersectoriales que corresponden a todos los trabajadores y empresarios”, especialmente en lo referido a la “negociación y concertación económica, social y laboral”, además de aquellas otras materias de índole general que “afecten a la calidad de vida de la sociedad”.


Articulado como un instrumento para el “fomento de la cohesión social y el progreso económico” a partir de la “readaptación a las exigencias de los nuevos problemas”, el citado Consejo está presidido por el/la Presidente/a del Gobierno y cuenta como vocales con el Consejero competente en legislación laboral y “un representante de cada una de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas de Navarra”.


Entre los órganos del Consejo de Diálogo Social, que toma sus acuerdos por unanimidad, se encuentra la Comisión Permanente, integrada por el Consejero, el secretario del Consejo y dos representantes de cada organización sindical y empresarial. Además, se contempla la posibilidad de crear Comisiones Especializadas para el impulso de materias concretas y se prevé la habilitación de una Oficina Técnica a la que la Administración dotará de los medios personales y materiales necesarios.


A nivel funcional, las competencias del Consejo de Diálogo Social abarcan desde el conocimiento, con carácter previo, de los anteproyectos de ley o proyectos de normas reglamentarias de desarrollo, hasta la propuesta de cuantas iniciativas, legislativas o no, se consideren pertinentes.


En lo referido a la financiación, la Ley prevé la consignación anual de una partida presupuestaria destinada a las organizaciones sindicales y empresariales integradas en el Consejo, al margen de las subvenciones que, en apoyo de su actividad, perciban como entes de interés general en el ámbito económico y social. La cuantía de la subvención, de carácter nominativo, se actualizará conforme a la variación del IPC, con el límite del Presupuesto de la Comunidad.


El Consejo de Diálogo Social se constituyó en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la Ley 22/2014 y, una vez en marcha, tuvo otros seis meses para aprobar su reglamento de funcionamiento interno. Todo ello, según se hacía constar, en aras a “racionalizar, modernizar e innovar” el marco de la concertación, “institucionalizando de forma clara el papel de las partes en cuestión de derechos y deberes”.