Publicada el Donnerstag, 17 de März de 2022

Ley reguladora del Plan de Inversiones Locales 2022-28

Aprobación en Pleno. Día 17 de marzo de 2022

El Pleno del Parlamento ha aprobado, con los votos a favor de PSN, Geroa Bai, EH Bildu, Podemos-Ahal Dugu e I-E, la Ley Foral reguladora del Plan de Inversiones Locales 2022-28 que, con cargo al Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra por Transferencias de Capital, cuenta con una dotación de 30 millones, a distribuir este año a partes iguales entre Programas de Inversiones y Programa de Libre determinación.

 

El Fondo de Haciendas Locales es el sistema mediante el cual el Gobierno de Navarra financia a los ayuntamientos y concejos sus gastos corrientes (personal, oficinas, suministros…). Las inversiones (implantación, mejora y renovación de infraestructuras y dotaciones), por su parte, son cofinanciadas a través del Plan de Inversiones Locales (PIL), regulado por la Ley Foral 18/2016, prorrogada y en vigor hasta la publicación de esta una nueva norma en el BON.


El Plan de Inversiones Locales regulado por la presente Ley, con la que se pretende un refuerzo de la cohesión territorial y la autonomía local, se configura en tres apartados: Programa de InversionesProgramación Local Libre Determinación. La planificación de los dos primeros será trienal (2023-25 y 2026-28), anual en el tercer caso.

 

En concordancia con la cuantía establecida en el artículo 123 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales, la dotación del PIL será en 2022 de 30 millones. En ejercicios sucesivos, el importe será el consignado en el presupuesto del ejercicio precedente, incrementado en el IPC interanual de la Comunidad Foral del mes de junio anterior. Los Presupuestos Generales de Navarra habrán de ajustarse a lo dispuesto y consignar cada año (en la parte del Fondo de Participación de las Haciendas Locales en los Tributos de Navarra correspondiente a Transferencias de Capital) el crédito requerido para la ejecución de los tres programas del Plan de Inversiones Locales.

 

No obstante, la dotación del PIL podrá verse incrementada con aportaciones adicionales procedentes del remanente de tesorería afecto, ingresos provenientes de reintegros solicitados a entidades locales u otros créditos de idéntica naturaleza. Además, se hace constar la compatibilidad de las aportaciones de los PIL, tanto entre sí, como con las ayudas procedentes de otros organismos públicos o privados.

 

Con carácter general y sin perjuicio de lo estipulado para 2022, la distribución inicial de los Planes de Inversiones Locales responderá inicialmente a los siguientes porcentajes: Programas de Inversiones 30%, Programación Local 40% y Programa de Libre Determinación 30%. Este año, tal y como se ha reseñado, se distribuye a partes iguales entre Inversiones (15 millones) y Programación Local (15). Uno y otro capítulo están sujetos a reservas de hasta un 3% de las cuantías anuales, con el fin de hacer frente a inclusiones definitivas de las inversiones y abonos por el procedimiento de emergencia.

 

El apartado de Programas de Inversiones, provisto con 15 millones, está destinado a actuaciones concretas en materias de abastecimiento de agua en alta y proyectos de esa índole, así como a tratamiento de residuos urbanos. También dará cobertura a las propuestas de la Dirección General de Administración Local relativas al Plan director del Ciclo Integral del Agua 2019-30 y al Plan de residuos de Navarra 2017-27.

 

El capítulo de Programación Local se fundamenta en una clasificación del grado de necesidad de la inversión requerida, valorada como urgente, necesaria a corto plazo, conveniente o sin prioridad, teniéndose también en cuenta las cantidades recibidas por habitante en los dos últimos PIL o períodos de planificación. Se contemplan inversiones asociadas a redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales, pavimentación con redes y sin redes, urbanización de travesías y dotaciones locales.

 

En la línea de inversión de pavimentación con redes, sólo se podrán admitir solicitudes de obras que vayan a ejecutarse conjuntamente con una inversión de redes de abastecimiento, saneamiento y pluviales.

 

No se aplicará el criterio de antigüedad (15 años, 30 en el caso de redes de abastecimiento y saneamiento) a aquellas inversiones cuyo objeto principal sea la ejecución de actuaciones que supongan ahorro energético y/o mejoras de accesibilidad.

 

Por otra parte, se faculta al Gobierno de Navarra para incluir en futuros períodos de planificación una nueva línea de inversión relativa al alumbrado público.

 

Continuando con Programación Local, se ha incrementado de 150.000 a 160.000 la aportación económica máxima por entidad local para obras de pavimentación sin redes, así como para dotaciones municipales y concejiles.

 

En relación con los programas Inversiones y Programación Local, como regla general el abono del 65% de la aportación económica máxima se efectuará de oficio en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de inclusión definitiva. El resto, cuando se justifique la ejecución de la obra.

 

Se contempla la posibilidad de ejecutar inversiones en régimen de cooperación con el Gobierno de Navarra y la suscripción de convenios de colaboración para la gestión de obras a ejecutar conjuntamente entre varias entidades locales.

 

Para Libre Determinación, esto es, para actuaciones inversoras a definir libremente por las entidades locales en atención a sus intereses y necesidades, se reservan 15 millones”. Se repartirán en base a variables de población (cuantía fija) y dispersión geográfica, de forma que los municipios compuestos y los municipios simples con núcleos de población adscritos percibirán una cuantía adicional.

 

La cuantía fija vinculada al tramo población en que se encuadre cada municipio se verá incrementada anualmente, a partir de 2023, con el IPC interanual de la Comunidad Foral del mes de junio anterior.

 

En este programa, la parte de la asignación de los municipios compuestos a distribuir entre los concejos se reducirá del 60 al 50%.

 

En cualquier caso, la cuantía mínima correspondiente a cada concejo se obtendrá detrayendo el importe que resulte necesario, en su caso, de la aportación inicial asignada al municipio compuesto.

 

Por último, se hace constar que la inclusión de las obras de reserva del Plan de Inversiones Locales 2017-20190 se tramitarán y resolverán conforme a lo dispuesto en la Ley Foral 18/2016, reguladora del PIL 2017-19.

 

Una vez dictaminado, el proyecto de Ley Foral regulador del Plan de Inversiones Locales 2022-28 ha sido ratificado en Pleno. La norma entrará en vigor el día de su publicación en el BON.

 

 

 

  • www.parlamentodenavarra.es
  • Publicación del Proyecto de Ley Foral (BOPN, nº 9, de 27-01-2022)
  • Publicación de las enmiendas (BOPN, nº 28, de 04-03-2022)
  • Publicación del dictamen (BOPN, nº 34, de 15-03-2022)